Guía

Aviso integral vs. simplificado

La ley contempla dos formatos del aviso de privacidad. No son alternativas: se complementan. El simplificado es la puerta; el integral es la casa completa.

Integral

El documento completo

Contiene todos los elementos que exige la ley. Es el que debe estar disponible para consulta (por ejemplo, en tu sitio web).

  • Identidad y domicilio del responsable
  • Los datos personales que se tratan
  • Finalidades primarias y secundarias, con mecanismo de negativa
  • Transferencias y encargados
  • Medios para ejercer los derechos ARCO y su revocación
  • Limitación de uso y divulgación
  • Uso de cookies y tecnologías de rastreo
  • Cómo se comunicarán los cambios al aviso

Simplificado

La versión corta

Se usa cuando el espacio es limitado o el contacto es directo (un mostrador, un formulario breve). Informa lo esencial y remite al integral.

  • Identidad y domicilio del responsable
  • Las finalidades del tratamiento
  • El mecanismo para conocer y negar las finalidades secundarias
  • Cómo consultar el aviso integral (una liga o un medio)

¿Cuándo va cada uno?

Cuando recabas datos en persona o por un medio con poco espacio (un formato impreso, un campo breve en línea), muestras el simplificado en ese momento y ofreces un medio para llegar al integral. El integral debe estar siempre disponible para consulta.

Entonces, ¿necesito los dos?

En la práctica, sí: casi todos los negocios necesitan el integral (disponible en su sitio) y un simplificado para los puntos de contacto directo. Por eso nuestro generador arma ambos a la vez, coherentes entre sí.

Genera los dos, gratis

Integral y simplificado, conforme a la ley vigente, en una sola pasada.