Cumplimiento LFPDPPP · México

¿Tu aviso de privacidad está al día con la reforma 2025?

El INAI desapareció y la ley cambió. Revisa tu aviso actual en segundos —o genera uno nuevo, integral y simplificado— conforme a la LFPDPPP vigente. Gratis y sin registro.

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Revisa tu aviso actual

Pega la URL de tu sitio o el texto de tu aviso y te decimos qué le falta frente a la ley vigente.

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Responde unas preguntas por giro y arma tu aviso integral y simplificado, listo para publicar.

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De 102 avisos de privacidad mexicanos que revisamos con metodología documentada, uno de cada cuatro sigue remitiendo al INAI, la autoridad que se extinguió en marzo de 2025.

Ver la metodología y el estudio completo →

Cómo funciona

De tu sitio a un aviso al día, en tres pasos

1. Pega tu aviso o responde

Danos la URL de tu sitio o responde unas preguntas por giro. Sin redactar de cero.

2. Revisamos contra la ley

Verificamos los 13 elementos que exigen la LFPDPPP y sus Lineamientos, y marcamos lo que falta.

3. Obtén tu aviso corregido

Descárgalo en PDF o copia el HTML, integral y simplificado. Gratis.

Qué incluye tu aviso

Los detalles que casi nadie pone bien

Cada elemento va anclado a su fundamento en la ley y los Lineamientos del Aviso de Privacidad. Aquí es donde se nota la diferencia:

  • Cadena completa de plazos ARCO

    20 días hábiles para determinar y 15 para ejecutar, más los 5 para requerir información y 10 para subsanar (Art. 31). Casi nadie la pone entera.

  • Encargados y transferencias, separados

    Tu proveedor de pagos o de correo trata datos por tu cuenta: es encargado, no una transferencia (Lineamiento 26). Confundirlos es el error más frecuente.

  • Advertencia de los 5 días

    El titular tiene 5 días hábiles para negarse a las finalidades secundarias. Casi ningún aviso la incluye.

  • Limitación de uso vía REPEP

    La limitación no es un derecho ARCO: se ejerce por el Registro Público para Evitar Publicidad (Lineamiento 30).

  • Finalidades primarias vs. secundarias

    Distinguidas y con su mecanismo de negativa, como exige el Reglamento (art. 41).

  • Datos sensibles declarados

    Se señala expresamente si se tratan o no, sin clasificar el RFC como sensible (Lineamiento 23).

  • Autoridad vigente

    La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno; nunca el INAI, extinto desde 2025.

  • Aviso integral y simplificado

    Los dos formatos que exige la ley, coherentes entre sí y con fecha de versión.

La reforma 2025

Casi cualquier aviso anterior a marzo de 2025 quedó desactualizado

El 21 de marzo de 2025 entró en vigor una nueva LFPDPPP. El INAI desapareció y la autoridad pasó a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. También se ajustó el catálogo de datos sensibles y se recorrió la numeración de varios artículos.

Un aviso que todavía nombre al INAI, cite el artículo 37 o liste la afiliación sindical como dato sensible quedó fuera de la ley vigente.

Antes → ahora

  • INAI Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
  • Artículo 37 (excepciones) Artículo 36
  • Afiliación sindical como sensible Ya no es dato sensible
  • Ley del 5 de julio de 2010 LFPDPPP (DOF 20 de marzo de 2025)

Preguntas frecuentes

Sobre el aviso de privacidad en México

Respondes unas preguntas sobre tu negocio (qué datos recabas y para qué) y el generador arma tu aviso integral y simplificado conforme a la ley vigente. Lo ves en pantalla y lo descargas gratis, sin registro.
Es el documento con el que quien recaba tus datos personales te informa quién es, qué datos trata, para qué los usa y cómo puedes ejercer tus derechos. Lo exige la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP): todo negocio que trate datos personales debe tenerlo.
Puedes generarlo gratis aquí. Si ya tienes uno, primero conviene revisarlo: con la reforma 2025 muchos avisos quedaron desactualizados (por ejemplo, los que aún citan al INAI, que ya no existe).
La LFPDPPP (vigente desde el 21 de marzo de 2025) y sus Lineamientos exigen que el aviso informe la identidad y domicilio del responsable, los datos y finalidades (distinguiendo las que requieren consentimiento), las transferencias, los derechos ARCO y cómo ejercerlos, la revocación, la limitación de uso, los cambios al aviso y la autoridad competente, entre otros elementos.